Consejos sobre el divorcio exprés en el DF

por | 4 de febrero de 2011

En octubre de 2008, el divorcio exprés se hizo una realidad en el DF, capital mexicana, a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En él se contempla la eliminación de las 21 causales de divorcio como alcoholismo, adulterio, amenazas e incluso violencia familiar.

A partir de la entrada en vigor de las modificaciones, el divorcio puede ser solicitado por uno de los cónyuges siempre y cuando manifieste ante la autoridad judicial que no quiere continuar el matrimonio. Por tanto, ya no es necesario señalar las causas por las que se solicita el divorcio.

Según la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para decretar el divorcio exprés es necesario:

  • Que haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio civil.
  • Solicitar el divorcio exprés por escrito.
  • Que el cónyuge interesado acompañe la solicitud de divorcio con una propuesta de convenio.

En dicho convenio debe proponerse la resolución de la custodia de los hijos, el horario de visitas para el cónyuge que no tiene la guardia, la pensión alimenticia y la  forma de garantizarla, así como la repartición de bienes (en caso de que el régimen sea la separación de bienes). La propuesta deberá ser contestada por la contraparte en 10 días.

  • Cuando la solicitud de divorcio exprés sea contestada o vencida, un juez decretará el divorcio.
  • En caso de que haya controversia en el convenio, el juez citará a las partes para promover un acuerdo. Esto debe hacerse dentro de cinco días después de presentada la solicitud.
  • Si el juez de lo familiar lo requiere, se citará a las partes del juzgado para ratificar y legalizar las firmas del convenio.

Para proteger los derechos de los niños y mujeres, no se decretará el divorcio exprés en caso de que el cónyuge solicitante no ofrezca ninguna propuesta acerca de la custodia de los hijos.

La disolución del matrimonio por divorcio exprés puede darse en 15 días.

Con información de: eluniversaldf.mx