Los diez aspectos que debe tener en cuenta la víctima de un accidente.
- Cuente con un Abogado que se haga cargo de absolutamente todos los trámites ante el Juzgado y frente a la compañía aseguradora responsable del pago de la indemnización, para evitar errores de muy difícil reparación posterior.
- Cuente con un abogado independiente y ajeno a su Compañía de Seguros para evitar posibles y frecuentes conflictos de intereses.
Su Seguro de Defensa Jurídica le da derecho a contratar al Abogado que quiera con cargo a su propia compañía (no está obligado a que le defienda el Abogado de su Seguro). - Presente denuncia siempre que haya sufrido lesiones (con o sin daños materiales), dentro de los 6 meses siguientes al día del accidente. (Recuerde el primer consejo y deje que sea su Abogado quien se encargue de la redacción e interposición de la denuncia).
- Recuerde que la compañía aseguradora del vehículo “culpable” del accidente debe pagarle ABSOLUTAMENTE TODOS LOS DAÑOS derivados del siniestro.
- No acepte jamás una indemnización de daños y perjuicios sin antes haber consultado con un Abogado . (Recuerde que sus consultas en Infoaccidentes son gratuitas).
- Guarde todos los documentos relacionados con lesiones o daños (documentos hospitalarios y asistenciales; facturas o presupuestos de reparación del vehículo y/o de los restantes objetos dañados en el siniestro).
- Fotografíe el vehículo y/o el resto de los objetos y bienes dañados (mercancías, equipajes, ropas y enseres, etc).
- No tema denunciar a un amigo o familiar, pues ello es imprescindible para obtener un informe médico forense (gratuito e imparcial) con el que podrá luego basar su reclamación exclusivamente contra compañía aseguradora para el cobro de las indemnizaciones.
La causa iniciada contra su amigo o familiar será archivada inmediatamente, sin clase alguna de perjuicio para él, en el momento en que usted renuncie a las acciones penales. - Tiene derecho a que la aseguradora del responsable del accidente le pague intereses moratorios desde la fecha del accidente al tipo legal incrementado en un 50%. Si han transcurrido más de 2 años, el tipo del interés es del 20% (Consúltenos los diferentes supuestos).
- Si no está conforme con la valoración dada por el Médico Forense (médico del Juzgado), debe impugnar judicialmente dicho informe , pidiendo nueva valoración crítica a cargo de otro forense; asimismo puede encomendar un informe pericial privado a un especialista en medicina legal.