Duración del alquiler

por | 19 de noviembre de 2018

¿Qué es la renta?
La renta es la cantidad que el inquilino debe pagar al arrendador y que debe ser pactada por ambas partes.
La renta inicial se pacta libremente en el contrato. Transcurridos los tres primeros años de contrato, la actualización se regirá por lo acuerde entre el inquilino y el propietario. Si no hay acuerdo, se hará de conformidad con la variación experimentada por el índice de precios al consumo (IPC) de los últimos 12 meses.

¿Cuál es la duración del alquiler?

La duración de un alquiler es la pactada y si no se pacta ninguna será de un año.
Los contratos con una duración pactada inferior a tres años se prorrogarán, por plazos anuales hasta llegar a los tres años, a menos que el propietario comunique al inquilino, con un mesd’antelació a la finalización del contrato o de la prórroga, la voluntad de no renovar.

En caso de que llegue la fecha final del alquiler, a los tres años como mínimo, y que ninguna de las dos partes comunique la voluntad de finalizarlo, el contrato queda automáticamente prorrogado por un año más.

No procede la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración, el propietario comunica al inquilino que necesita la vivienda como vivienda habitual o para sus familiares de primer grado. La comunicación al inquilino debe hacerse con dos meses de antelación.

El inquilino puede dejar el alquiler una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, sin tener que esperar a que finalice la anualidad. Será necesario que lo comunique al arrendador como mínimo 30 días antes y no tendrá que pagar indemnización, salvo que así se especifique en el contrato.

Actualmente, el contrato de alquiler no tiene una duración ilimitada, porque la prórroga forzosa se ha suprimido.

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